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X-Trader
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OFERTA DE EMPLEO

Mensaje por X-Trader »

Desde Man Financial me acaba de llegar la siguiente oferta de trabajo, por si alguno de vosotros está interesado:
Man Financial, broker con sede en Londres busca Agentes en España para Forex, Futuros, Opciones y CFDs.

Interesados mandar C.V. a [email protected]
Si les escribis, no olvideis indicar que habeís visto el anuncio en X-Trader.net ;-)


Un saludo
X-Trader
Última edición por X-Trader el 03 Ago 2007 17:41, editado 1 vez en total.
"Los sistemas de trading pueden funcionar en ciertas condiciones de mercado todo el tiempo, en todas las condiciones de mercado en algún momento del tiempo, pero nunca en todas las condiciones de mercado todo el tiempo."
ciclista
Mensajes: 169
Registrado: 11 Ene 2007 13:13
Ubicación: MADRID

Mensaje por ciclista »

Buenos días, chicos :

al hilo del mensaje interesantísimo en portada sobre paraisos fiscales y demás aspectos tributarios sobre las ganancias en futuros y cualquier otra actividad, y teniendo en cuenta que estamos en periodo de renta en nuestro país, me surge la siguiente pregunta :

- Las ganancias patrimoniales obtenidas con futuros y opciones tributan como tal, según tengo entendido, pero ... si las pérdidas se producen en futuros y tenemos una operativa más ó menos diaria, y sobre el mismo subyacente, lógicamente vas a recomprar un futuro que en su día generó pérdida, y si éstas pérdidas se generan recurremente de forma que al final del año palmas , ¿ puedes compensarlas en el impuesto ó al haber recomprado valores homógeneos no es así?

Es que el matiz es importante, porque de poder minorar la base imponible a no hacerlo y además pagar por el resto de renta, pues ya me diréis.

Además, supongo que el hecho de operar con futuros extranjeros no implica diferencia con respecto a hacerlo sobre el ibex, siempre y cuando el titular sea persona física residente en España.

Hoy la cosa va de impuestos....

Gracias y un saludo. :P
No pain, no gain.
grullis
Mensajes: 1
Registrado: 31 May 2007 10:21

Mensaje por grullis »

buenas a todos. este es mi primer mensaje...espero poder participar asiduamente

que yo sepa, da igual el subyacente sobre el que operes. el resultado final será la diferencia en la operativa, ya sea intradiaria o como sea. lo unico que no entiendo en tu mensaje es....
"si las pérdidas se producen en futuros y tenemos una operativa más ó menos diaria, y sobre el mismo subyacente, lógicamente vas a recomprar un futuro que en su día generó pérdida, y si éstas pérdidas se generan recurremente de forma que al final del año palmas"...

si palmas, palmaste y ahi tienes una perdida patrimonial que puedes compensar en los 4 años siguientes...vamos, que si has perdido 3000 pavos en la operativa de futuros en ese año, eso es lo que puedes declarar como pérdida patrimonial...
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