Tasa Tobin.

¿Cómo se declaran las pérdidas y ganancias obtenidas en el trading? Resuelve todas las dudas aquí.
Dasziel
Mensajes: 2056
Registrado: 29 Feb 2008 20:49
Ubicación: En la red

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por Dasziel »

Hombre Ran....hay paises con mejor clima:)
Cuidado con los foros. Dont feed the troll
Avatar de Usuario
Duir
Mensajes: 97
Registrado: 06 Jul 2008 13:11

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por Duir »

Dasziel escribió:Si lo aplican afectara al intradia
Realmente hasta que esto no se sepa seguro y esté documentado no se puede decir. Por favor no digamos esas cosas que hacen sembrar el pánico y últimamente en España no se gana para sustos.

Francia ya lo tiene desde hace tiempo y no ha sido la deblacle porque no afecta a lo que sería más perjudicial, el intradía.

Y esto tiene su lógica, analicémoslo con la cabeza que para eso está: La tasa se aplica cuando te hacen el apunte en cuenta, esto es cuando la cámara de compensación y liquidación le dice al depositario las acciones o activos que tú tienes.

La liquidación no es inmediata, que yo sepa en Europa se liquida a D+3, esto es a los tres días. Por lo que cuando te van a cargar la tasa ya no tienes nada en la cuenta si estás cerrado. Osea que tu depositario no te puede cargar nada porque el liquidador le ha dicho que tus compras-tus ventas son cero.

Sería lógico pensar que los demás van a hacer lo mismo porque la liquidación es a D+3, no?. Es que a menos que la tasa te la cobre el broker, lo cual sería una locura porque el broker no es una sucursal de Hacienda, no te pueden cobrar la tasa a menos que te las quedes de un día para otro mínimo.

Ahhhh, y no afecta tampoco a todos los valores, sólo a los grandes.

Aquí dejo el texto:

… resulting in a transfer of ownership
“A tax is applied to any acquisition for consideration of an equity security (…) when acquisition results in a transfer of ownership as defined by Article L. 211-17 of the same code (…)” (French Tax Code Article 235 ter ZD, I, 1). “The transfer of ownership of the financial securities is the result of the recording of said securities to the securities account of the buyer. When financial securities are handled by a central depositary or delivered by a securities settlement system cited in Article L. 330-1, the transfer of ownership is the result of the recording of the securities to the securities account of the buyer, on the date and under the conditions set out in the General Regulation of the Autorité des marches financiers. (…)” (Monetary and Financial Code Article L. 211-17).

13. The Equity FTT applies when there is a transfer of ownership, meaning that the securities purchased are recorded to the securities account of the purchaser.
In this respect, with regard to purchases on an organised or OTC market, the transaction recorded in the customer's securities account “as soon as the custody account keeper is informed that the order has been executed” is not regarded as recording the securities to the account, but merely an “accounting record” (AMF General Regulation Article 570-3). The “effective settlement date” for the trade” (Monetary and Financial Code Article L. 211-17-1, II), meaning when the securities are delivered to the custody account keeper by a book entry to the account that it holds directly or indirectly with the central depositary, is the day on which the transfer of ownership takes place. Accordingly, when transactions lead to the delivery of a net balance, after offsetting the day’s purchases and sales, the tax applies only to the net balance delivered, since the net balance resulting from the accounting records is what is recorded to the purchaser’s account following delivery.

Espero que esto sirva para la calma. Saludos!
Back9813
Mensajes: 95
Registrado: 01 Ene 2013 13:20

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por Back9813 »

http://www.gurusblog.com/archives/tasa- ... 2/01/2013/

Sobre la tasa en gurusblog, recordando el caso sueco que por allí ya tienen experiencia en esto de las tasas tobinss...
Avatar de Usuario
agmageton
Mensajes: 3580
Registrado: 30 Ene 2008 11:32

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por agmageton »

Una puntualización, yo lo cuento como un 0,20% o 0,02%, porque es por cada transacción, con lo que si compras algo luego lo tienes que vender por lo menos en acciones, si dejas el futuro que venza pocas y afortunadas veces..., con lo que es un 0,20% (entrada, salida)
La entrada te da la probabilidad y la salida la rentabilidad...
Avatar de Usuario
marvelas
Mensajes: 1417
Registrado: 23 Ene 2012 18:25

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por marvelas »

Buenas tardes. "Usos Ilícitos de las Sociedades Offshore: Evitar Impuestos

La creación de una sociedad offshore puede ayudar a reducir su carga fiscal de manera significativa. Pero tampoco significa que usted puede evitar por completo los impuestos en su país de origen. Dependiendo de donde usted vive, usted tendrá que pagar una tasa de impuestos determinados cada año por el dinero que usted gana. Tratando de ocultar el dinero en el sistema fiscal de su país de origen se considera un uso ilícito de una sociedad offshore."
Dependiendo de cómo nos afecte a cada uno la tasa habrá que jugársela, en algún país donde la confidencialidad sea máxima.
Un saludo.
La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados.

Avatar de Usuario
strad
Mensajes: 710
Registrado: 06 Sep 2006 15:03

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por strad »

marvelas escribió:Buenas tardes. "Usos Ilícitos de las Sociedades Offshore: Evitar Impuestos

La creación de una sociedad offshore puede ayudar a reducir su carga fiscal de manera significativa. Pero tampoco significa que usted puede evitar por completo los impuestos en su país de origen. Dependiendo de donde usted vive, usted tendrá que pagar una tasa de impuestos determinados cada año por el dinero que usted gana. Tratando de ocultar el dinero en el sistema fiscal de su país de origen se considera un uso ilícito de una sociedad offshore."
Dependiendo de cómo nos afecte a cada uno la tasa habrá que jugársela, en algún país donde la confidencialidad sea máxima.
Un saludo.

Esta puede ser la clave para evitar la tasa tobin, abrir una sociedad en un país que no tenga dicha tasa y pagar los impuestos que te correspondan en España para estar al día con la señora Hacienda y no te busquen las cosquillas por evasión.

Lo que pasa es que parece demasiado fácil y evidente, alguna traba pondrán seguro. De momento hasta que no se sepa como va a ser exactamente la tasa y como la van a aplicar es tontería buscar soluciones más que nada porque estas pueden ser erroneas...
Quien intenta predecir el futuro es porque no sabe disfrutar del presente
ROBOCO
Mensajes: 479
Registrado: 01 Nov 2007 17:09

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por ROBOCO »

Si la clave de cara a Hacienda está en:
1.- Justificación económica de la empresa.
2.- Dirección efectiva de la empresa.

Y luego ya están las múltiples formas de enmascarar (administradores fiduciarios, trustees, estructuras multijurisdiccionales, etc),....esto está más que trillado. Se puede hacer pero tiene riesgo y no, no se trata de elusión, si la diriges desde aquí es evasión. Yo creo que esto ya lo hemos visto.

Strad, me ha gustado lo de que si vendes una cosa que no es tuya es delito, no lo sabía :lol: . En todo caso si compras una cosa a uno que te lo vende sin ser suya y tu sabes que no le pertenece, tambien es delito :-D
Avatar de Usuario
strad
Mensajes: 710
Registrado: 06 Sep 2006 15:03

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por strad »

ROBOCO escribió:
Strad, me ha gustado lo de que si vendes una cosa que no es tuya es delito, no lo sabía :lol: . En todo caso si compras una cosa a uno que te lo vende sin ser suya y tu sabes que no le pertenece, tambien es delito :-D
Ves cómo cada día aprendes una cosa nueva, y encima gratis. Me debes una! :D
Quien intenta predecir el futuro es porque no sabe disfrutar del presente
ROBOCO
Mensajes: 479
Registrado: 01 Nov 2007 17:09

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por ROBOCO »

Estás "empanado"...era una ironía.
ranunculo
Mensajes: 782
Registrado: 03 Abr 2006 22:52
Ubicación: Bilbao
Contactar:

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por ranunculo »

Yo, que me repito más que el ajo, sigo con mi idea, que la comento por si me equivoco:
Se abre una sociedad Ltd. en Inglaterra. (U otros paises semejantes). No en un paraíso fiscal.

Operamos en bolsa sin tasa tobin, con nuestros brokers extranjeros felices de hacer negocios con nuestra empresa inglesa sin tasa tobin.

Cuando (si es que ocurre) obtengamos beneficios, nuestra sociedad, que desarrolla toda su actividad en Inglaterra e incluso con cuentas en bancos ingleses, paga a la hacienda británica lo que corresponda, que debe ser poco, al menos los primeros años.
En el momento (si es que ocurre) que saquemos dinero para nuestro bolsillo, hacienda española nos demandará su parte.
Puesto que lo podemos sacar de nuestra empresa como dividendos, tributaría como un dividendo. Si nos ponemos un sueldo, supongo que iria a base IRPF.

En fin, facile e divertente..

¿Donde está el error? (seguro que me dejo mil problemas ya que los burócratas odian la simplicidad..)
ROBOCO
Mensajes: 479
Registrado: 01 Nov 2007 17:09

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por ROBOCO »

ranunculo, ¿desde donde operas la empresa en UK?, ¿desde aquí?, ¿aquí está la dirección efectiva?....la Hacienda española te va a atraer la residencia fiscal de la empresa para que pagues aquí (y supongo que te harán pagar todos los impuestos, incluidas las tasas a las transacciones financieras)
Atractor
Mensajes: 117
Registrado: 22 Oct 2012 06:20

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por Atractor »

marvelas escribió:Buenas tardes. "Usos Ilícitos de las Sociedades Offshore: Evitar Impuestos

La creación de una sociedad offshore puede ayudar a reducir su carga fiscal de manera significativa. Pero tampoco significa que usted puede evitar por completo los impuestos en su país de origen. Dependiendo de donde usted vive, usted tendrá que pagar una tasa de impuestos determinados cada año por el dinero que usted gana. Tratando de ocultar el dinero en el sistema fiscal de su país de origen se considera un uso ilícito de una sociedad offshore."
Dependiendo de cómo nos afecte a cada uno la tasa habrá que jugársela, en algún país donde la confidencialidad sea máxima.
Un saludo.
Mi experiencia personal me dice que:

1. Quienes hablan por internet de tener sociedades offshore para eludir impuestos son unos pelagatos que intentan crear una falsa imagen de riqueza, pero que no evaden ni un euro; porque quienes realmente evaden no son tan estúpidos de irlo pregonando por internet.

2. Quienes dicen tener sociedades offshore para negociar en los mercados es porque no han negociado ni un contrato y no saben lo que se hablan; porque el sistema fiscal norteamericano cobra impuestos a las sociedades radicadas fuera de su territorio sin permitirles descontar pérdidas de los beneficios; sólo las personas físicas No Residentes están exentas si su país de residencia tiene convenios de intercambio de información fiscal y que eviten la doble tributación.

En el caso español las sociedades extranjeras pagan el 30 % de los beneficios obtenidos y no pueden descontar las pérdidas de los beneficios. Mientras que las personas físicas No Residentes no tributan en España si su residencia está localizada en algún país con convenio que evite la doble tributación y que mantegan intercambio de información fiscal.

Son considerados paraísos fiscales aquellos países que no tienen intercambio de dicha información; independientemente a sus tipos de tributación.

Sólo las sociedades de inversión radicadas en territorio nacional pueden quedar sujetas a fiscalmente ventajosos; con el caso español las SICAV.

Esta distinción entre Residentes y No Residentes, tanto si son pérsonas físicas como jurídicas, es común a todos los países, variando el porcentaje de lo tributado.

En los últimos años los convenios entre USA y la UE de intercambio de información fiscal han incrementado notablemente el seguimiento de los inversores extranjeros.

Por lo tanto; quienes dicen tener sociedades caribeñas para tradear están mintiendo como bellacos.

Basta con mirar las páginas de Hacienda para informarse correctamente.
.
.
ranunculo
Mensajes: 782
Registrado: 03 Abr 2006 22:52
Ubicación: Bilbao
Contactar:

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por ranunculo »

ROBOCO escribió:ranunculo, ¿desde donde operas la empresa en UK?, ¿desde aquí?, ¿aquí está la dirección efectiva?....la Hacienda española te va a atraer la residencia fiscal de la empresa para que pagues aquí (y supongo que te harán pagar todos los impuestos, incluidas las tasas a las transacciones financieras)
Si claro, opero desde aqui. Soy residente español.
Aparte de eso, la sociedad (hipotética, aún no sé si se puede) es inglesa. Registrada en Inglaterra, con notario y registrada ante hacienda británica.
Como empresa británica paga a Hacienda inglesa.
Las cuentas bancarias pueden estar domiciliadas en Inglaterra.
El broker, si es IB, tiene su propia cuenta omnibus (?O como se diga..?) en Londres.
Edito: además el ordenador, físicamente, esta en Irlanda. ( es un VPS). Su CPU, su memoria y sus archivos, también :-)
Operamos contra bolsa americana. Contra activos americanos.
Pero soy residente español.
¿eso hace que mi broker americano contra mi sociedad inglesa tenga tasa tobin?.
No me parece muy lógico.
Quizá asista a un webinar sobre empresas inglesas..
salud!
ranunculo
Mensajes: 782
Registrado: 03 Abr 2006 22:52
Ubicación: Bilbao
Contactar:

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por ranunculo »

Aqui se habla del tema.. :-)

http://crearempresaeninglaterra.com/
ROBOCO
Mensajes: 479
Registrado: 01 Nov 2007 17:09

Re: Tasa Tobin.

Mensaje por ROBOCO »

ranunculo, si la gestión de la empresa se hace desde aquí, por la legislación española da igual que la sociedad la tengas domiciliada en UK o en la China, te pueden hacer pagar aquí. Sino sería facilísimo, bastaría con abrir una sociedad en cualquier sitio de baja tributación y a operar, luego te pasas el dinero como dividendos y listo. El asunto es dónde esté la dirección efectiva de la compañía, no donde esté domiciliada, ese es el problema.
Si te ha gustado este hilo del Foro, ¡compártelo en redes!


Responder

Volver a “Fiscalidad”