Declaración irpf operativa cuentas en broker extranjero

¿Cómo se declaran las pérdidas y ganancias obtenidas en el trading? Resuelve todas las dudas aquí.
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jaialro
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Declaración irpf operativa cuentas en broker extranjero

Mensaje por jaialro »

Hola , tengo una duda acerca de la tributación y declaración de las plusvalias obtenidas en la operativa en el trading.
Me explico:

Imaginemos que tenemos una cuenta en un broker usa con capital inicial a principios de año de 50000€, operamos y al final de año tenemos unos 70000 € por poner numeros redondos. Es decir tenemos una ganancia de 20000 € pero solo queremos retirar 10000 € de las las ganancias que hemos tenido. La pregunta es:
Podemos tributar solo por los 10000 € o hay que hacerlo por los 20000 € aunque hayamos retirado 10000 € a nuestra cuenta en españa?
Entiendo que hacienda si ve que en la renta declaramos ganancias por 10000 € es perfectamente posible que entienda que somos legales y lo mas seguro que no ponga pegas.Pero los otros 10000 € mas de ganancias se supone que al estar en usa y están para capitalizar la cuenta para el año que viene aunque en realidad esos 10000 € son ganancias respecto el capital inicial.
Resumiendo:
Hay que declararlo todo o se puede declarar únicamente las transferencias parciales del año que hayamos transferido a España?
Un saludo.
TYN
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Re: Declaración irpf operativa cuentas en broker extranjero

Mensaje por TYN »

no se si es casualidad que pongas la cifra de 50.000
pero si no lo conoces yo investigaría el tema del modelo 720
Rango Starr
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Re: Declaración irpf operativa cuentas en broker extranjero

Mensaje por Rango Starr »

.
Última edición por Rango Starr el 20 Feb 2021 16:39, editado 1 vez en total.
un ciclo y otro ciclo, son un biciclo...
si añadimos otro ciclo, entonces tendremos "un triciclo"... famoso trio catalan de humor de los 90....

..y nada mas...
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X-Trader
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Re: Declaración irpf operativa cuentas en broker extranjero

Mensaje por X-Trader »

Hola jaialro, en mi opinión, si nos atenemos a la Ley la respuesta es muy sencilla:

1. Ganancias patrimoniales: deben declararse por el importe total independientemente del lugar de generación. Por tanto debes declarar los 20.000 €. Evidentemente puedes optar también por traer 10.000 € y declararlos, olvidarte del resto y dejarlo a ver si cuela, o incluso hacer retiros de menos de 3.000 € y no declarar nada pero si te pillan, multón al canto!

2. Declarar Cuenta: aparte de las ganancias, recuerda que tienes la normativa de declaración de bienes en el extranjero. Si el importe de todo lo que tienes fuera de España a 31 de diciembre de 2014 suma más de 50.000 € tienes obligación de declararlo ante Hacienda, bajo de pena de fuertas multas. Para ello debes usar el modelo 720 como bien apunta TYN. De todos modos si necesitas más información tienes esta web de la AEAT donde lo explican bastante bien: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.in ... _720.shtml

Saludos,
X-Trader
"Los sistemas de trading pueden funcionar en ciertas condiciones de mercado todo el tiempo, en todas las condiciones de mercado en algún momento del tiempo, pero nunca en todas las condiciones de mercado todo el tiempo."
arruinao
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Re: Declaración irpf operativa cuentas en broker extranjero

Mensaje por arruinao »

Declara las plusvalías anuales y tendrás dos ventajas:

1.- Dormirás tranquilo.
2.- Podrás compensar las minusvalías.

S2

jaialro
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Re: Declaración irpf operativa cuentas en broker extranjero

Mensaje por jaialro »

X-Trader escribió:Hola jaialro, en mi opinión, si nos atenemos a la Ley la respuesta es muy sencilla:

1. Ganancias patrimoniales: deben declararse por el importe total independientemente del lugar de generación. Por tanto debes declarar los 20.000 €. Evidentemente puedes optar también por traer 10.000 € y declararlos, olvidarte del resto y dejarlo a ver si cuela, o incluso hacer retiros de menos de 3.000 € y no declarar nada pero si te pillan, multón al canto!

2. Declarar Cuenta: aparte de las ganancias, recuerda que tienes la normativa de declaración de bienes en el extranjero. Si el importe de todo lo que tienes fuera de España a 31 de diciembre de 2014 suma más de 50.000 € tienes obligación de declararlo ante Hacienda, bajo de pena de fuertas multas. Para ello debes usar el modelo 720 como bien apunta TYN. De todos modos si necesitas más información tienes esta web de la AEAT donde lo explican bastante bien: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.in ... _720.shtml

Saludos,
X-Trader

Vamos , que lo mejor es declararlo todo y ya está. Yo soy legal y no quiero líos.

Un saludo.
jaialro
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Re: Declaración irpf operativa cuentas en broker extranjero

Mensaje por jaialro »

Rango Starr escribió:Hola buenos días Jaialro...

Primeramente enhorabuena por esas supuestas ganancias que en tramo anual puedas haber logrado. Eso se llama consistencia.

Por otro lado, hasta lo que yo conozco, si eres residente en España, la ley dice que estas obligado a presentar declaración de IRPF, por la totalidad de las ganancias obtenidas, independientemente de donde hayan sido obtenidas, por lo que fiscalmente estarías obligado a pagar impuestos por la totalidad. Cosa aparte seria la doble imposición, y lindezas por el estilo. No obstante, de tener perdidas patrimoniales en ejercicios anteriores, siempre podrias compensarlas con los beneficios del año en curso...

Otra cosa es el conocimiento que de ese capital tenga la Hacienda publica española. Me explico. Las leyes españolas y en general las de todos los estados, vienen limitadas generalmente al territorio nacional. Que quiero decir con ello?.. pues básicamente que la AEAT, tiene acceso libre a todas las cuentas de todos los ciudadanos, radicadas en España, pero no a cuentas radicadas en el extranjero, por lo que si la entidad en la que estas operando no tiene presencia española, no informa a la Hacienda publica de dichos movimientos. Eso quiere decir que básicamente la AEAT, no sabe nada de los movimientos en dicha cuenta....

No obstante, conforme esta el patio en el tema del terrorismo internacional, y el crimen organizado, cada vez es mas fácil por parte de los estados la obtención de los listados de cuentas en terceros países, esgrimiendo el panfleto de la seguridad y cooperación internacional en materia de terrorismo. Asi que la obtención de esas cuentas es bastante fácil hoy en dia...

Por otro lado hace algún tiempo hablando con un amigo que trabajaba en "Hacienda" me dijo mas o menos esto....." ....que va, que va, básicamente Hacienda nos ve a todos como unos defraudadores asi que ante la duda, primero dispara y luego pregunta...."

O sea que si tu ante un requerimiento fueras a la AEAT. a decirles que esa cantidad la habias dejado en la cuenta para reinversión, y mejora del MM, o cualquier cosa por el estilo, el funcionario te miraria a la cara asintiendo mientras le hablas, con la mirada perdida, para posteriormente decirte, ...mira ves?, esa es la cantidad, tienes hasta tal dia para ingresarla en esa cuenta, sin no puedes, negocias un aplazamiento, si no pagas, te embargaremos las cuentas hasta cubrir la deuda, si aun asi no llega, subastaremos tus bienes para saldar cuenta... y mientras generaras intereses...

Hola, no he ganado 20000 €, solo lo he puesto como un ejemplo.Ojala ganase eso en un año,para mi seria muy bueno ya que indicaría que estaría viviendo de esto y sin tener jefes, estoy en paro, y por lo tanto estaría encantado de poder organizarme mi tiempo.
Rango Starr
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Re: Declaración irpf operativa cuentas en broker extranjero

Mensaje por Rango Starr »

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Última edición por Rango Starr el 20 Feb 2021 16:39, editado 1 vez en total.
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Johnysurf
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Re: Declaración irpf operativa cuentas en broker extranjero

Mensaje por Johnysurf »

Hola,

Y si tengo una cuenta que no llega a 50.000€, pongamos 25.000, pero me han generado plusvalías, por ejemplo 1.500€, según lo explicáis, sólo debería declarar las plusvalías, pero el capital en el extranjero no sería necesario.

Pero claro, al declarar los 1.500, tendrás que poner de donde han salido, y ahí ya aparece la cuenta en el extranjero, hay que declarar entonces con el 720 dichoso…?

Otro temita relacionado, los dividendos. Tuve unos pocos dividendos, creo que ni llegaba a los 100€, y I.B.(la cuenta creo que está en Alemania) me retuvo el 21%, ¿ los tengo que declarar aquí y de alguna manera pedir que no se me retenga otro 21%, o al retenerse allí ya no hay que declararlos aqui...? Sabéis cómo hay que hacerlo…?

Vaya lio todo esto… Muchas gracias, un saludo :smt039
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