El Modelo D6

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X-Trader
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El Modelo D6

Mensaje por X-Trader »

Hola a todos,

Posiblemente este formulario sea un gran desconocido para todos (de hecho yo nunca lo he presentado, aunque revisando las condiciones tampoco he tenido que hacerlo): el modelo D-6 se utiliza para efectuar la declaración al Registro de Inversiones de las inversiones españolas en el exterior en empresas que cotizan en Bolsa, cuando los valores estén depositadas en el extranjero o permanezcan bajo custodia del titular de la inversión.

El formulario en cuestión tiene el siguiente aspecto:

Imagen

Dentro de él hay que indicar si se realiza declaración de flujos o de depósitos:

- La declaración de flujos debe realizarse por cada inversión o liquidación que se realice en sociedades no residentes en las que el inversor tenga una participación de, al menos, el 10% del capital o forme parte de su órgano de administración o cuando la inversión supere 1.502.530,26 Euros. El plazo para la presentación de esta declaración será de un mes a contar desde la fecha de realización de la operación. Si no se da ninguna de las circunstancias anteriores, no hay que presentar esta declaración. [Bajo este supuesto yo creo que no estamos ninguno de los de este Foro :-D]

- Por su parte, la declaración de depósitos en el exterior se presentará en el mes de enero de cada año y estará referida al 31 de diciembre del año inmediato anterior. El plazo para la presentación será durante el mes de enero de cada año, corespondiendo a la declaración del año anterior. En general todos los titulares de valores depositados en el extranjero tendrán que presentar esta declaración anualmente. [Aquí sí que podéis estar bastantes]

Ojo al último supuesto: en él no se establecen mínimos (hay que presentarlo aunque tengamos solo una acción), y da igual de donde sean las acciones de la empresa: si trabajamos con un broker domiciliado fuera de España y tenemos una acción de cualquier empresa, sea española o no, ya estamos obligados a hacer la presentación, ya que lo realmente importante es dónde están depositadas.

De todos modos os recomiendo que echéis un vistazo a este excelente tutorial donde explican paso a paso qué es el D6 y cómo rellenarlo, así como dan respuesta a muchas de las dudas que podáis tener al respecto:

https://www.invirtiendopocoapoco.com/mo ... esentarlo/


Saludos,
X-Trader
"Los sistemas de trading pueden funcionar en ciertas condiciones de mercado todo el tiempo, en todas las condiciones de mercado en algún momento del tiempo, pero nunca en todas las condiciones de mercado todo el tiempo."
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Faust
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Re: El Modelo D6

Mensaje por Faust »

Hola. Justo hoy me he enterado yo de la existencia del modelo D6, y me surge la duda, en el caso de un broker de forex especializado en divisas y cfd, ¿hay que presentar también este modelo?

Yo por ejemplo opero solo divisas y cfd a través de ICMarkets, y por lo que tengo entendido, las divisas y los cfd no tienen la consideración de "valores", de ahí la duda, y conociendo como son , demasiado bonito me parece que los que operamos forex nos libremos de la obligación de presentar el modelo D6
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X-Trader
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Re: El Modelo D6

Mensaje por X-Trader »

Faust escribió: 09 Sep 2021 01:07 Hola. Justo hoy me he enterado yo de la existencia del modelo D6, y me surge la duda, en el caso de un broker de forex especializado en divisas y cfd, ¿hay que presentar también este modelo?

Yo por ejemplo opero solo divisas y cfd a través de ICMarkets, y por lo que tengo entendido, las divisas y los cfd no tienen la consideración de "valores", de ahí la duda, y conociendo como son , demasiado bonito me parece que los que operamos forex nos libremos de la obligación de presentar el modelo D6
Según indica la normativa, se debe presentar el modelo cuando “corresponda efectuar las declaraciones al Registro de Inversiones de las inversiones españolas en el exterior en empresas que cotizan en Bolsa de Valores o Mercado Organizado, cuando los valores se depositen en una entidad domiciliada en el extranjero o permanezcan bajo custodia del titular de la inversión”.

Por tanto, ello significa, como bien intuyes, que el D6 solo deben presentarlo aquellas personas que tengan acciones, ETFs o fondos en brokers que realicen la custodia de esos activos en el extranjero.

Saludos,
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Faust
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Re: El Modelo D6

Mensaje por Faust »

Muchas gracias X-trader, la verdad que este tipo de cosas se escapan un poco del conocimiento de la gente, y como son cosas muy específicas, ni siquiera la mayoría de los gestores fiscales estan al día de este tipo de regulaciones.
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X-Trader
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Re: El Modelo D6

Mensaje por X-Trader »

Interesante, tenemos novedades sobre el Modelo D-6:

https://www.europapress.es/economia/fin ... 92325.html

A partir de ahora solo tendrán que presentarlo aquellos que mantengan una participación superior al 10% del capital o los derechos de voto de empresas cotizadas extranjeras así que... ¡un papelito menos!

Saludos,
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Faust
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Re: El Modelo D6

Mensaje por Faust »

Pues me parece genial. Cuanta menos burocracia mejor. Gracias X-trader por la información
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