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eryo
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Mensaje por eryo »

Si a mi un fondo me garantiza 3 millones de euros anuales lo haga bien o mal no me lo pienso, aunque yo con mi pasta gane 5 millones anuales. Es cuestión de calidad de vida. Creo que esta ecuación la hará más de un buen trader que dirige un fondo.
ehhh, que no gano ese dinero, que conste :-D
Par est fortuna labori
Potest quia posse videtur
Bill-T
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Mensaje por Bill-T »

tenemos la simcav:

Las Simcav (Sociedad de Inversión Mobiliaria de Capital Variable) son los instrumentos de inversión favoritos de las grandes fortunas españolas. Otros empresarios españoles, además de Amancio Ortega, tal como Alicia Koplowitz –desde su salida de FCC-, utilizan este vehículo de inversión. Pero no son los únicos.

Algunas Simcav han nacido con vocación abierta y cualquier inversor puede adquirir una acción de estas, ya que cotizan en el mercado. Sin embargo, lo normal es que sean cotos cerrados a los grandes patrimonios familiares y empresariales.

Estas sociedades, a diferencia de los fondos, permiten a sus titulares diseñar y modificar tantas veces como deseen su política de inversión. No se adscriben a una modalidad concreta de inversión, sino que ésta puede ser todo lo variable que los accionistas deseen, pues son éstos y no la gestora quien decide el destino del patrimonio.

Ventajas fiscales

Las Simcav, como sociedades, gozan de un tratamiento privilegiado en lo que al pago de impuestos se refiere. Sobre las ganancias se abonan tan sólo un 1% de impuestos frente al 35% general.

Las Simcav, no ya como tales sociedades, sino como destino del patrimonio de los inversores, gozan de una fiscalidad más que ventajosa al permitir que no afloren plusvalías sobre las que tributar salvo que se vendan participaciones de la misma. El tratamiento es igual al de los fondos (sólo se pagan impuestos cuando se venden las participaciones y se obtienen ganancias), pero muy diferente al de la inversión directa en Bolsa.

Capital mínimo de 400 millones de pesetas

Pero no es tan sencillo, desde el punto de vista económico crear una Simcav, ya que el capital mínimo requerido es de 400 millones de pesetas (66.555 euros). Si bien anteriormente una sóla persona era suficiente para crear estas sociedades, en octubre del 2000 la legislación cambió. Se permite la inscripción de la Simcav con un único socio, pero con una certificación de que existen esos otros 99 socios.

Habitualmente los titulares reales de una Simcav son uno, dos, tres o cuatro (los que compongan el núcleo familiar); el resto son socios "prestados" procedentes de otras Simcav, de la propia gestora... La participación de estos últimos es mínima y no supone ningún tipo de distorsión en el volumen patrimonial real de los titulares "de verdad" de la Simcav.


no se sobre otras opciones, pero a mi me parece la mejor opcion para lo que quieres scalp. los problemas legales, seguro que hay partes que son engorrosas, sobre todo en el mundo financiero donde abundan los otorgamientos discrecionales. pero bueno nada hay que no pueda salvarse. con esto puedes hacer la poitica de inversion que te de la gana (si posees más del 51%), contratar a quien te de la gana y pagar lo que es más que justo 1% de impuestos. bueno y juntar esa pasta, entre cien tampoco tiene que ser tan dificil jejeje.

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mas literatura:

CONCEPTO

Las S.I.M.C.A.V son aquellas sociedades anónimas que tienen por objeto exclusivo la adquisición, tenencia, disfrute, administración en general y enajenación de valores mobiliarios y otros activos financieros.

Su objeto social y su cotización en bolsa les proporcionan ciertas ventajas fiscales.

En las S.I.M.C.A.V. el capital correspondiente a las acciones en circulación es susceptible de aumentar o disminuir, dentro de los límites de capital estatutario máximo y del inicial fijado, mediante la venta o adquisición por la Sociedad de sus propias acciones en operaciones al contado, sin necesidad de acuerdo por la Junta General para ampliar o reducir capital.

Por tanto, permite la compraventa de acciones cotizadas de forma instantánea, cualquier día y en cualquier cantidad, hasta su capital estatutario máximo a través de su cotización diaria en bolsa.

CAPITAL SOCIAL

El capital mínimo desembolsado será de 400 millones de pesetas (2.404.048,42 Euros). Estará representado por acciones nominativas, cuya titularidad la ostentarán aquellas personas físicas o jurídicas, que estén dispuestas a reunir un patrimonio común, para destinarlo a su inversión en valores mobiliarios y activos financieros.

Las aportaciones para la constitución del capital social o del patrimonio se realizarán exclusivamente en dinero, valores admitidos a negociación en un mercado secundario ofi-cial, o los demás activos financieros que, de acuerdo con las reglas de cada tipo de Institución, resulten aptos para cubrir sus coeficientes de inversión o liquidez.

El capital inicial deberá ser íntegramente suscrito y desembolsado desde el momento de la constitución de la sociedad. El Estatutario máximo no podrá superar en más de 10 veces el capital inicial. Los accionistas no gozarán del derecho preferente de suscripción en la emisión o puesta en circulación de nuevas acciones, incluso en las creadas en el supuesto de aumento de capital estatutario máximo.

ACCIONISTAS

Podrán serlo tanto personas físicas como jurídicas, nacionales o extranjeras.

El número de accionistas no podrá ser inferior al que en cada momento sea necesario para la admisión y permanencia de las acciones de una Sociedad en Bolsa (el número mínimo de accionistas es de 100).

Las sociedades dispondrán del plazo de un año, contando a partir de su inscripción en el correspondiente Registro Administrativo, para alcanzar la cifra mínima de accionistas.

Cuando un mismo socio, por sí, o por persona interpuesta, adquiera o transmita acciones de una Sociedad de Inversión Mobiliaria y como el porcentaje de capital suscrito pase a alcanzar, exceder o a quedar por debajo del 5% y todos sus múltiplos hasta el 100% del capital de la Sociedad, quedará sometido, en cuanto titular de una participación significativa, a comunicarlo a la C.N.M.V.

Quedan prohibidas las ventajas o remuneraciones para los fundadores o promotores previstas en la L.S.A

ADQUISICIÓN O VENTA DE SUS PROPIAS ACCIONES

La sociedad comprará y venderá sus propias acciones en operaciones de contado, sin aplazamiento de liquidación, en bolsas de valores, bien en la contratación normal, bien mediante oferta pública de adquisición o venta de sus acciones. Ambas modalidades operativas tendrán lugar siempre que el precio de adquisición o venta de sus acciones, sea, respectivamente, inferior o superior, a su valor teórico.

Cuando la diferencia entre dicho valor teórico y la cotización oficial, sea superior al 5% de aquel, la Sociedad deberá intervenir necesariamente comprando o vendiendo sus acciones, según que la cotización de las mismas sea inferior o superior al valor teórico.

En el supuesto de que se cruzaran operaciones en Bolsa de compra o venta de acciones de la S.I.M.C.A.V. entre accionistas de la misma y a un precio cuya diferencia con el valor teórico sea superior o inferior al 5%, la Sociedad deberá intervenir necesariamente en las siguientes operaciones, comprando o vendiendo sus acciones, según que la cotización de las mismas sea inferior o superior al valor teórico, hasta situarla dentro de los límites de oscilación.

El ejercicio de los derechos incorporados a las acciones en cartera quedará en suspenso hasta que hayan sido suscritas o desembolsadas. Los resultados que sean imputables a la adquisición o venta de sus propias acciones, sólo podrán repartirse cuando el patrimonio sea superior al capital social desembolsado.

La sociedad deberá reducir obligatoriamente el capital desembolsado, reduciendo el valor nominal de sus acciones en circulación, cuando el patrimonio social hubiera disminuido por debajo de las dos terceras partes de la cifra de capital suscrito, siempre que haya transcurrido un año sin que se haya recuperado el patrimonio. En igual proporción se reducirá el valor nominal de las acciones en cartera.

VALOR TEÓRICO DE LA ACCIÓN

El valor teórico de la acción será el resultado de dividir el patrimonio de la sociedad por el número de acciones en circulación.

Dicho valor teórico diario se publicará en el Boletín Oficial de Cotización en la Bolsa en que se negocien las acciones de la Sociedad.

INVERSIONES Y COEFICIENTES

Para salvaguardar el interés de los accionistas y el cumplimiento del objeto social, las aportaciones realizadas por aquellos estarán invertidas en valores mobiliarios y activos financieros.

A este respecto, la legislación establece una serie de límites a esas inversiones, tanto por su naturaleza, liquidez y obligaciones frente a terceros.

Las S.I.M.C.A.V. tendrán el 90% de su activo invertido en:

- Valores admitidos a negociación en una bolsa de valores, o que esté solicitada su admisión.

- Valores representativos de la Deuda del Estado, así como otros valores negociados en el Mercado de Deuda Pública en anotaciones.

- Otros valores tales como los propios del Mercado Hipotecario, pagarés de empresa, siempre que sean negociados en un mercado español organizado.

- Futuros y Opciones en mercados organizados (con un límite del 16%).

Ninguna S.I.M.C.A.V. podrá tener más de un 5% de su activo en valores emitidos por otra Institución de Inversión Colectiva.

Además, queda prohibida la inversión en dichos valores cuando ambas pertenezcan al mismo grupo. Tampoco podrá tener más de un 5% de su activo invertido en valores emitidos o avalados por una misma entidad.

Este límite se amplia al 10% si el total de las inversiones que superen el 5%, no exceden del 40% del activo de la S.I.M.C.A.V.

Tampoco podrá tener más del 15% de su activo en valores avalados o emitidos por entidades de su mismo grupo.

Una S.I.M.C.A.V. no podrá invertir en valores emitidos por una misma entidad más del 5% de los valores en circulación de esa entidad.

La suma de las inversiones de las S.I.M.C.A.V. de un mismo grupo, gestionadas por una misma gestora, no superará el 15% de los valores en circulación de una determinada entidad. Los límites mencionados en los tres primeros apartados se calculan sobre valores efectivos y los restantes sobre valores nominales.

Las anteriores limitaciones tienen excepciones en función del emisor, cuando se trate de valores emitidos o avalados por un Estado o miembro de la CEE, por una Comunidad Autónoma o cualquier organismo internacional de los que España sea miembro y en función de determinados parámetros de diversificación en la inversión.

El coeficiente mínimo de liquidez se establece en el 3% del patrimonio del fondo.

Las sociedades dispondrán de un plazo de tres meses para efectuar la inversión de las aportaciones dinerarias recibidas con motivo de la constitución o ampliación de capital, y de un plazo de un mes para reinvertir los recursos procedentes de las enajenaciones.

La misma finalidad de salvaguarda tiene la prohibición de pignorar o constituir garantía sobre los activos de la S.I.M.C.A.V., y la obligación de depositar los mismos en determinadas instituciones habilitadas al efecto (Entidades Depositarias).

MANTENIMIENTO DE LA COTIZACIÓN

Debido a que la S.I.M.C.A.V. debe cotizar en una bolsa oficial de valores, esta debe cumplir con los requisitos mínimos de contratación (cotizar en el 25% de las sesiones con carácter semestral).

Ya que una operación de suscripción o reembolso de acciones de la S.I.M.C.A.V computa como volumen de contratación, es posible que las propias operaciones de los accionistas cumplan con los volúmenes de contratación mínima.

ÓRGANOS SOCIETARIOS

La estructura es la típica de las S. A., esto es, Junta General de Accionistas y Consejo de Administración.

Normalmente, el Consejo delega algunas de sus facultades, como es el caso de la gestión y administración.

La gestión puede delegarse a cualquier entidad de carácter financiero habilitada para ello (Bancos, Cajas, Sociedades de Valores, etc.).

La gestión y administración puede ser íntegramente delegada a las Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva.

Los valores mobiliarios y activos financieros que formen parte de la cartera de las S.I.M.C.A.V., deberán estar depositados en las entidades legalmente habilitadas.

Debido a las características especiales de estas sociedades la C.N.M.V exige que la mayoría de los miembros del consejo de administración posean experiencia en la administración de instituciones financieras, esta experiencia se consolida a los dos años de haber pertenecido a algún consejo de administración de este tipo de entidades.

Por ello en el momento de su constitución BolsaCash.com, aportaría aquellos miembros del consejo que permitieran cumplir con este requisito.

En el ANEXO I facilitamos una copia de estatutos sociales standard.

ADMISIÓN A NEGOCIACIÓN EN BOLSA

Para la obtención de los beneficios fiscales, de los que se pueden aprovechar este tipo de instituciones, es necesaria su cotización en bolsa, por lo que serán de aplicación las siguientes reglas especiales:

Los requisitos en las letras "a" y "b" del artículo 26 de la L.M.V. y por referencia, en el artículo 32 de la misma, se cumplirán mediante la presentación de la correspondiente escritura de constitución, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, y, en su caso, de certificación literal del correspondiente acuerdo de emisión. Estos requisitos son:

- Comunicación a la C.N.M.V. con el contenido y formalidades que se establecen reglamentariamente, en virtud de la cual se hará público el proyecto de emisión.

- Aportación a la C.N.M.V. y registro previo por la misma, de los documentos que acrediten el acuerdo de emisión, las características de los valores emitidos y los derechos y obligaciones de sus tenedores.

- Al tiempo de su inscripción en el Registro Administrativo correspondiente, se aportará un folleto explicativo, que contendrá los Estatutos o el Reglamento de la Sociedad de Inversión Mobiliaria de acuerdo con lo establecido por la Ley.

- La C.N.M.V. verificará que el folleto informativo cumple los requisitos establecidos.

- La solicitud de verificación previa por la C.N.M.V., así como la de admisión por las respectivas sociedades rectoras de las bolsas de valores, podrán producirse una vez otorgada la autorización previa a que se refiere el art. 9.1 del Reglamento, sin necesidad de esperar a la inscripción posterior/definitiva mencionada en el art. 9.4., quedando condicionada la correspondiente resolución a la práctica de dicha inscripción.

RÉGIMEN FISCAL

RÉGIMEN FISCAL DE LAS S.I.M.C.A.V: No pueden entrar en situaciones de transparencia fiscal para los accionistas, ya que los valores representativos del capital social están admitidos a negociación en Bolsa de Valores y ello delimita el régimen fiscal al que tributa (art. 34 párrafo 2. De la ley 46/1984 de 26 de diciembre de 1984).

El tipo de gravamen en el Impuesto de Sociedades es del 1%.

RÉGIMEN FISCAL DEL ACCIONISTA:

Personas Físicas:

- Entre la fecha de compra y la fecha de venta ha transcurrido un año o menos: El incremento de patrimonio se calcula por diferencia entre el precio de compra y el de venta, sin aplicación de ningún coeficiente corrector, y tributa según la tarifa general del IRPF.

- Entre la fecha de compra y la fecha de venta han transcurrido más de un año: Se calcula el incremento de patrimonio como en el caso anterior pero su importe tributa a un tipo del 18%.

- Las acciones vendidas siempre son las adquiridas con mayor antigüedad, tomándose como precio de adquisición el que tuvieron en su día. (FIFO)

Personas Jurídicas:

Tributan en concepto de incremento de patrimonio en el ejercicio en el que se realiza la venta de las acciones. El valor de las participaciones es el que resulta del valor me-dio de todas las acciones adquiridas.

LEGISLACIÓN APLICABLE

Las S.I.M.C.A.V. se regirán, en líneas generales, por lo establecido específicamente para ellas en la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva y en el Reglamento que la desarrolla, aplicándoseles en lo no previsto, las normas relativas a las Sociedades de Inversión Mobiliaria de Capital Variable y, en su defecto, la Ley de Sociedades Anónimas.

CONSTITUCIÓN, PLAZO Y GASTOS OFICIALES

CONSTITUCIÓN

Los pasos a seguir para la constitución de una S.I.M.C.A.V. son:

- Presentación del Proyecto de Estatutos, Memoria, Borrador del folleto informativo y declaración en su caso de cumplimiento de normas de separación Gestora y Depositario a la C.N.M.V.

A su vez se presenta la petición de admisión a cotización en Bolsa de Valores.

- Autorización del proyecto por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

- Registro del nombre.

- Constitución de la sociedad mediante Escritura Pública.

- Inscripción del fondo en el Registro Mercantil (liquidación y exención del impuesto)

- Inscripción en los registros administrativos de la C.N.M.V.: presentación del Folleto Explicativo.

- Admisión a negociación en la Bolsa.

PLAZO

El proceso de constitución tiene un plazo aproximado de cuarenta y cinco días.

GASTOS OFICIALES DE CONSTITUCIÓN Y TRAMITACIÓN: (todos los gastos son satisfechos por la S.I.M.C.A.V.)

- Notaria y Registro: Según capital social de constitución.

- Registro Mercantil de Denominaciones: 40.000 Ptas.

- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: exento.

- Registro en la C.N.M.V.: Inscripción y permanencia en los registros administrativos de las Instituciones de Inversión colectiva:

- Inscripción de las sociedades: 0,5 por mil de su capital social o patrimonio inicial.

- Registro del Folleto de admisión a negociación: 0,03 por mil del valor nomi-nal de la emisión.

- Registro del Folleto de emisión u oferta pública de venta de acciones: 0,14 por mil del valor nominal de la emisión con un mínimo de 250.000 Ptas.

- Registro en la Bolsa: - Estudio expediente de tramitación: 193.008 Ptas. (1.160 Euros).

- Admisión a negociación:

1. De 0 a 230 millones de euros un 1 por mil del valor nominal de la emisión.

2. A partir de 230 millones de euros un 0,1 por mil del valor nominal de la emisión.

- Acceso al S.C.L.V.: 0,003 por ciento sobre el capital máximo estatutario (mínimo 45.590 Ptas.) (274 Eur.). (máximo 24.372 Eur )

- Soportes magnéticos para la adjudicación de las referencias de registro:

1 Soporte magnético: 23.000 Ptas. (138,23 Eur.)

1 Entidades depositarias: 3.000 Ptas. (18,03 Eur.)

GASTOS OFICIALES DE PERMANENCIA: (todos los gastos son satisfechos por la S.I.M.C.A.V.)

- Auditoría: sobre presupuesto anual (300.000 Ptas. mín. 150.000 Ptas.). (1803,03 Eur. mín. 901,52 Eur.) Acuerdo BolsaCash.com - MOORE STEPHENS,SANTACANA AUDITORES,S.A.

- Canon de permanencia en la bolsa: 0,045 anual por mil sobre patrimonio del fondo a 1 de Enero.

- Acceso a información de los valores cotizados: 50.000 Ptas. (290 Eur.)

- Tasas supervisión C.N.M.V.: 0,010 trimestral por mil sobre patrimonio del fondo.

- Libro de accionistas: 100.000 Ptas. Anuales (601,01 Eur.)

EJEMPLOS DE COSTES PARA UNA S.I.M.C.A.V. CON PATRIMONIO DE 400 MILLONES DE PESETAS (2.404.048,41 Eur):

- Gastos oficiales de constitución y tramitación:

Notarías y Registro 280.000 (1.682,83 Eur.)

Registro Mercantil de Denominaciones 40.000 ( 240,4 Eur.)

Registro Mercantil 208.725 (1.254,46 Eur.)

Inscripción del fondo en la C.N.M.V. 200.000 (1.202,02 Eur.)

Registro del Folleto de emisión u oferta pública de venta de acciones 250.000 ( 1.502,53Eur.)

Registro del Folleto de Admisión a Negociación 12.000 ( 72,12 Eur.)

Estudio expediente de tramitación 193.008 (1.160 Eur.)

Admisión a Negociación 400.000 (2.404,05 Eur.)

Acceso a S.C.L.V. 160.000 ( 961,62 Eur.)

Gastos Anuncios 58.000 ( 348,59 Eur.)

Soportes magnéticos 26.000 ( 156,26 Eur.)

Total Ptas. 1.827.733 (0,45% Patrim.). Total Euros 10.984

- Gastos Oficiales de permanencia:

Auditoría 300.000 (1803,03Eur.)

Canon Bolsa 20.000 ( 120,20Eur.)

Acceso información valores 50.000 ( 300,51 Eur.)

Supervisión C.N.M.V. 22.400 ( 134,63 Eur.)

Servicio libro de accionistas 100.000 ( 601,01 Eur.)

Total Ptas: 492.400 (0,10% Patrim.). Total Euros 2.959,38

TODAS LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA (FIM Y FIAMM inclusive) SOPORTAN ESTOS COSTES OFICIALES DE CONSTITUCIÓN Y MANTENIMIENTO TODAS ESTAS ESCALAS DE COSTES SON ORIENTATIVAS Y PUEDEN VARIAR EN FUNCIÓN DE CAMBIOS LEGISLATIVOS Y DE TARIFAS.

INFORMES OFICIALES PERIÓDICOS A SUMINISTRAR

INFORMES A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES:

- Inventario de la cartera mensual

- Operaciones de compromiso mensual

- Estado coeficientes mensual

- Estado información auxiliar mensual

- Balance reservado trimestral

- Cuenta de pérdidas y ganancias reservada trimestral

- Posición de riesgo y tipo de interés trimestral

- Aplicación del beneficio del ejercicio anual

INFORMES A LA SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA:

- Avance trimestral de resultados.

- Evolución de los negocios.

- Normas de valoración.

- Dividendos distribuidos durante el período

- Hechos significativos.

INFORMES OFICIALES A LOS ACCIONISTAS

- Informe trimestral trimestral

ESQUEMA DE FUNCIONES DEL INTERMEDIARIO

El esquema de funciones a realizar que propone BolsaCash.com para BOLSACASH S.I.M.C.A.V. es el siguiente:

FIBANC VALORES, A.V.B., S.A.: Agencia de Valores y Bolsa para la intermediación administración de la S.I.M.C.A.V. por parte de BolsaCash.com

BANCO DE FINANZAS E INVERSIONES S.A.: Entidad depositaría del patrimonio de la S.I.M.C.A.V

ESQUEMA DE FUNCIONES DE BOLSACASH.COM

El esquema de funciones a realizar que propone BolsaCash.com para BOLSACASH S.I.M.C.A.V. es el siguiente:

BOLSACASH, S.L.: Como entidad delegada integramente para la gestión y administración de la S.I.M.C.A.V.

ESTRATEGIA Y POLÍTICA DE INVERSIÓN

La inversión de las carteras se ve influida por dos procesos de toma de decisiones:

- La asignación según los tipos de activos y divisas de la cartera: acciones, obligaciones, liquidez, etc.

Las decisiones de esta asignación se ven principalmente afectadas por factores macroeconómicos, tales como las expectativas de crecimiento, la inflación, etc.

- La elección de valores concretos, que constituye la implementación de la asignación definida. Esta elección viene determinada por consideraciones de tipo microeconómico de cada uno de los valores, liquidez, volatilidad, etc...

Las técnicas de análisis de activos y valores empleadas son una combinación de métodos fundamentales (valoración intrínseca), técnicos y cuantitativos. Ambos procesos son realizados bajo los parámetros de diversificación y riesgo determinados por BolsaCash.com y de los que todos ustedes ya conocen sus resultados y efectividades históricas.

MATRIZ DE DIVERSIFICACIÓN DE RIESGOS

La filosofía de gestión de la cartera y sus limitaciones se establecen mediante el diseño de la estructura de diversificación y asunción de riesgos.

Con los parámetros definidos, se confecciona la Matriz de Diversificación de Riesgos, que ha de servir al Equipo Gestor como modelo para adecuar su gestión a las condiciones establecidas, quedando este modelo reflejado en el correspondiente Contrato de Gestión que se establecerá entre la S.I.M.C.A.V y BOLSACASH, S.L.

PARÁMETROS DE LA MATRIZ

Los parámetros definidos en la matriz se consideran como los límites máximos que el Equipo Gestor puede asumir en cuanto a la diversificación de tipo de activos, modulación de riesgos y emisores.

Esta diversificación vendrá impuesta por las exigencias legales de INVERSIONES Y COEFICIENTES vistas anteriormente.

PROPUESTA DE PARAMETROS DE GESTION

A modo de ejemplo, y no limitativa ni exclusiva, proponemos unos parámetros de gestión iniciales

Duración máxima de la carteras: 5 años

Riesgo máximo de Renta Variable: 75%

Valores no Indice: 15%

Riesgo máximo de Divisas: 25%

Divisas no OCDE: 0%

Riesgo máximo de Crédito: 25% (CREDIVALOR)

Utilización de Derivados como Inversión: 20%

Indice de referencia: 50% DJ Stoxx 50/ 50% I.Bonos Reuters (1 a 3 años)

Dichos parámetros deben ser aprobados en el momento de constitución del S.I.M.C.A.V. por mayoría absoluta de los socios-accionistas de BOLSACASH S.I.M.C.A.V.

INFORMACIÓN PERIÓDICA

El seguimiento de la evolución de la cartera se realizará mediante reuniones periódicas (como mínimo trimestrales), donde el Equipo Gestor facilitará un detallado INFORME DE SITUACIÓN Y EVOLUCIÓN DE LA CARTERA (Anexo II). Mediante estas reuniones el Consejo de Administración de BOLSACASH S.I.M.C.A.V. y el Equipo Gestor podrán realizar un detallado análisis de la evolución de la cartera, analizar las tendencias de los mercados y adoptar posible cambios en la filosofía de gestión.

COMISIONES DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

Por la labor de administración y gestión de la S.I.M.C.A.V, que comprende el cumplimento de todos los requisitos legales, administrativos, contables, fiscales y la implementación de la política de gestión en función de las especificaciones marcadas, manteniendo reuniones periódicas de revisión de estrategias y objetivos de inversión el esquema de honorarios de BolsaCash.com es el siguiente:

COMISION FIJA: Una cantidad fija anual de 9.015,18 € (1.500.000 Ptas.), prorrateadas en pagos mensuales, independientemente del volumen del patrimonio administrado.

COMISION VARIABLE Sobre el patrimonio administrado y, a elección del S.I.M.C.A.V., en función de su perfil y la filosofía de gestión de su cartera planteamos dos alternativas:

Opción a) COMISION SIN PARTICIPACION EN RESULTADOS

0,60% anual sobre el patrimonio. Esta comisión se cargará a la Sociedad, mensualmente sobre el valor de la cartera calculado diariamente.

Opción b) COMISION CON PARTICIPACION EN RESULTADOS

0,20% anual sobre el patrimonio y el 5% del beneficio obtenido por la cartera.

La comisión fija se cargará a la Sociedad, mensualmente sobre el valor de la cartera calculado diariamente.

La comisión sobre beneficios se cargará anualmente, calculando el beneficio obtenido de la cartera al final del periodo anual sobre el valor de la cartera inicial.

Ejemplo:

Valor de la cartera inicial: 1.202.024,21 Eur (1-1-00)

Valor de la cartera final: 1.412.378,44 Eur (31-12-00)

Rentabilidad cartera: 17,50%

Comisión variable: 1.202.024,21 x 17,5% x 5% = 10.517,71 Eur

COMISIONES DE DEPOSITARÍA

Por la depositaría de todos los activos que componen el patrimonio de la S.I.M.C.A.V., FIBANC percibirá una comisión del 0,10% anual sobre el valor de los activos calculado diariamente.

EJEMPLO DE CALCULO GLOBAL DE COMISIONES

El esquema de comisiones de FIBANC y BOLSACASH.COM, al considerar como fijo el gasto de administración, tiene un impacto positivo en las carteras, a medida que éstas tienen volúmenes superiores.

Ejemplos de costes globales para la opción de Comisión de Gestión Fija: (comprende comisión de administración, gestión y depositaría)

Patrimonio
Comisiones
Porcentaje

2.404.048,40 €
9.015,18 Eur. + 0,60% + 0,10%
1,08%

3.606.072,60 €
9.015,18 Eur. + 0,60% + 0,10%
0,95%

4.808.096,80 €
9.015,18 Eur. + 0,60% + 0,10%
0,89%

6.010.121,00 €
9.015,18 Eur. + 0,60% + 0,10%
0,85%

7.212.145,20 €
9.015,18 Eur. + 0,60% + 0,10%
0,80%




SIMCAV¡¡¡, SIMCAV¡¡¡¡, yo quiero participaciones y de ahi a asaltar el bankinter con mi compadre bavhnani o cmo se diga. :twisted:
oxcarin
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Mensaje por oxcarin »

Hola viltrader, acabo de caer en la cuenta que te pareces un montón a un tal jesús lópez(puntosbg) que conocí hace tiempo, ¿no serás tú por casualitte?..

un saludo.
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Tom
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Mensaje por Tom »

Tonto seria el que supiera ganar y le diera un enorme pedazo de su tarta al jefe
No creo que te hayas dado cuenta del alcance de esa afirmación.
Acabas de llamar tontos a todos los trabajadores por cuenta ajena del mundo mundial :D
En la mayoría de las democracias, que prodríamos llamar occidentales aunque sea solo para entendernos, cualquier trabajador que sepa ganar (en cualquier trabajo o profesión) puede converitrse en trabajador por cuenta propia o empresario, pero también hay otras muchas formas de gobierno y administraciones, digamos con más o menos reminiscencias feudales o feudalistas, donde no es tan facil.
Aun siendo fácil, no todos los trabajadores que saben ganar elijen convertirse en empresarios.
Aunque no sean tontos.
Trabajar por cuenta ajena tiene sus ventajas y sus inconvenientes.
Trabajar por cuenta propia también :D
----- Para que tu y yo ganemos dinero no habrían creado un mercado. ------
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Tom
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Ubicación: Madrid

Mensaje por Tom »

El capital mínimo desembolsado será de 400 millones de pesetas (2.404.048,42 Euros).
Yo si conseguís juntar 2.404 socios me apunto. :D
Es broma.
Y para trabajar gratis también, así hago lo que me da la gana y nadie puede reclamar :-D
----- Para que tu y yo ganemos dinero no habrían creado un mercado. ------

Bill-T
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Mensaje por Bill-T »

oxcarin escribió:Hola viltrader, acabo de caer en la cuenta que te pareces un montón a un tal jesús lópez(puntosbg) que conocí hace tiempo, ¿no serás tú por casualitte?..

un saludo.
si tienes un colega que se parece a mi, hasta en la forma de meterse el dedo en la nariz, tienes un problema ;-)
oxcarin
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Registrado: 02 Dic 2004 22:55

Mensaje por oxcarin »

Vale ok, es que como estaba todo el día con el dedo en la nariz....je,je, pues creía que eras tú.

S2.
Mambrú
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Registrado: 19 Abr 2006 21:18

Mejor

Mensaje por Mambrú »

Una idea importante de un club de inversión es que sirve para aprender con la práctica, y las pérdidas pueden ser limitadas a la inversión.
Pero creo más interesante, porque evita problemas, crear varios clubs de inversión en el que cada miembro, basado en la simple y pura confianza, aporta los fondos que desee, debiéndose respetar un mínimo de 2000-3000 euros, a cada uno de los clubs.
Entre las ventajas posibles se encuentra que cada presidente puede elegir la operativa que quiera y no tiene que "pelear" con nadie para demostrar sus razonamientos. Si lo desea puede formar a otros traders para que trabajen, aunque creo que eso sería una desventaja por líos de infraestructura, organización y administración. Bastaría un trader (presidente) o a los sumo dos con similar operativa para que no hubiera discusiones. Más importante es que la gestión del capital fuera uniforme. Al final de un período se vería cual es el resultado, cuál el más rentable, o el menos gravoso.
Hoy por hoy una Simcav puede resultar un sueño para muchos de nosotros.
Las ganancias sobre beneficios del presidente de un club (no trabaja gratis para los miembros, incluido él) según tengo referencias de oídas suele rondar entre el 30 - 35%. Logicamente si no hay beneficios los miembros asumirían las pérdidas. A ello habría que añadir el gasto de uso de la infraestructura, de la cual es propietario el propio presidente, y que en este caso no debería ser excesivamente grande o complicada.
Cada x meses se podría organizar una paellada para reirse un rato aunque hubiera pérdidas (el dinero es sólo dinero)
Naturalmente, Scalp, puedes contar conmigo como miembro
Si lo hubiera hecho al revés habría salido ganando
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ondu
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Registrado: 18 May 2006 21:36

Mensaje por ondu »

Enas, amos, que, empezamos ya el club o no, a este paso pillaremos el mercado en máximos.

jajaja, acabo de leer que Buffett busca oro en españa, jajaja, otro fumador de la colina, jajaja.

Scalp, como empezamos, hay que empezar a organizar a la peña, sectores, industrias, divisas, futuros sobre indices, que y como...

organiza, ya.

saludos !!!!
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chien1
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Mensaje por chien1 »

Yo no soy un experto en temas legales pero si deciros que debeis tener cuido en la forma juridica que elegies para montar el asunto. Dudo mucho que os dejen montar un sociedad con animo de lucro bajo el amparo de los Clubs de Inversion que están hecho para otras cosas.

Ser coscientes de que para poder gestionar y capital ajeno debeS ser sociedad gestora o sociedad de valores y el resto lo tienen absolutamente prohibido. Recordar que había unos tipos que se llamaban AIM Warrants (Aurea Negocios) que gestionaban cuentas en Forex a traves de Saxo Bank y el asunto se le fue al garete porque los clientes empezaron a quejarse de rentabilidades etc etc fueron a la CNMV y final el resultado es que podeis ver en este enlace

http://www.cnmv.es/index_n.htm?/adverte ... vacio.html (AUREA NEGOCIOS)

Mientras ganeis dinero y los clientes estén contentos no habra problemas pero cuando no...... lo mejor es tenerlo todo clarito!!!!

Espero sirva de reflexión.
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scalp
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Hola colega.

Mensaje por scalp »

Tienes razon en todo lo que dices , con informacion de profesionales sobre la legislacion sobre el tema ,es inviable la contitucion de un club de inversion y cobrar por gestionar el capital de los socios legalmente.

Para eso habria que crear una segunda sociedad anonima con el equipo gestor con lo que eso conlleva para poder facturar al club de inversion como gastos de asesoria y roza la ilegalidad, digamos que hay un vacio legal que siempre estara vinculado a quien interprete la ley llegado el caso .

Las complicaciones son muchas y las desventajas fiscales muy grandes.

Saludos :wink:
Scalp.




Antes de que puedas hacer algo que nunca has hecho, tienes que ser capaz de imaginar que es posible.
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chien1
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Registrado: 05 Jun 2007 09:47

Mensaje por chien1 »

No es que roze la ilegalidad sino que realmente es ilegal (al enlace me remito)

Estos tios tenían dos sociedades montadas una que captaba y otra que gestionaba y tenían lo fondos en Dinamarca todo OK muy bonito pero cuando alguno de los clientes se quejó de que no se ganaba o se perdia dinero e indagaron en la CNMV pues el resultado es absolutamente claro.

Yo tengo varios amigos haciendo la misma jugada gestionando capitales y todo de momento les va bien pero cuando se tuerzan las cosas...... ya veremos.
Bill-T
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Registrado: 27 Mar 2007 03:27

Mensaje por Bill-T »

mira os comeis demasiaado la cabeza. un club de inversion tiene ánimo de lucro si o si, por eso se llama club de inversión. normalmente es usado para aprender a desarrollar el ánimo de lucro. Y la ejecutiva de un club de inversión si puede gestionar capital ajeno,pero recuerden , que hay una asamblea general que marca las directrices del club, con lo cual se tiene el beneplácito de los socios para que rijan los destinos de sus capitales. ¿Y si los socios decidieran dar un sueldo a la ejecutiva, quien impide que así se haga? al final es un problema de volumen, nadie dejaría un club de inversión con 10 millones de euros, porque si algo sale mal hay responsabilidades políticas, y ahí entra los puristas del derecho, pero no antes, ni siquiera hay necesidad.

de todas maneras, de todo este asunto, tratado por scalp y demás, creo que lo que más se ajustaría a los que por aquí se ha pensado sería una simple sociedad limitada, es lo más justo. Libertad interna, socios con derecho según su participación, modos de operar muy regulados y definidos por la ley. Y si no les mola pagar impuestos pues te la haces en irlanda. el dinero captado tiene que ser como si fuera un nuevo socio con todos sus derechos

no temais la ley y las regulaciones, ponedas a vuestro servicio de la manera correcta.

s2¡
Bill-T
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Registrado: 27 Mar 2007 03:27

Mensaje por Bill-T »

lo que no se puede hacer son cosas de paletos como esos que han pillados, las cosas hay que hacerlas bien y siempre hay una forma de hacer lo que quieres hacer, con un poquito de imaginacion.
H.Seldon
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Registrado: 26 Abr 2005 14:38

Mensaje por H.Seldon »

Vil, un club de inversión NO tiene ánimo de lucro.
Abre San Google, escribe "estatutos club de inversión" , y dale a buscar.
El primer enlace te remite a unos estatutos tipo de un club de inversión.
El primer artículo ya te lo deja claro:

"Se constituye entre los que suscriben, un "Nuevo Club de Inversión inscrito en la Bolsa de Valencia" (en adelante, "Club de Inversión de la Bolsa de Valencia", "Club de Inversión" o "Club", indistintamente), denominado [.......................], con domicilio en [........................], cuyo objeto social será la educación y formación de sus miembros en materia de inversiones mobiliarias, a través del estudio colectivo de las distintas opciones, colocación de sus activos y gestión comunitaria de la correspondiente cartera conjunta.

Su objeto es, por tanto, pedagógico, consistiendo en la formación de sus socios en el conocimiento de los mercados de valores españoles a través de la realización conjunta de inversiones en los mismos y otras actividades relacionadas.
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