IRPF: ¿En qué apartado se declaran los futuros?

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amfm
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IRPF: ¿En qué apartado se declaran los futuros?

Mensaje por amfm »

La Ley del Impuesto los considera como "instrumentos financieros" (consulta efectuada en su día), y dice que son Ganancias y Pérdidas patrimoniales.

Hasta aquí vale. Pero, ¿en qué apartado exacto (número de casilla del impreso) se deben declarar?.

Parece que es dentro del aprtado G2, pero ¿dónde?.

¿Alguien lo sabe?

Gracias.
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