Spanish trading Game Over?

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Algar
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por Algar »

Dice "certain French equities."

¿Entendemos que no se aplica a Forex?
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Optiondreamer
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por Optiondreamer »

Algar escribió:Dice "certain French equities."

¿Entendemos que no se aplica a Forex?
Hasta que no recibas un aviso del broker, no. :-D

De todas formas, Forex es un mercado abstracto y dudo que se pueda implementar una tasa, aunque vivimos tiempos en los que los imposibles se hacen posibles.
Entiendo que los principales movimientos de ese mercado no provienen de los retail ni de la especulación, así que no veo poniendo tasas a grades empresas con sus coberturas de cambio, ni a los bancos centrales.

Saludos.
Sherlock
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por Sherlock »

Optiondreamer escribió:Calentito, calentito.....

Parece que empieza la fiesta, aunque si la implantan de esta forma, igual nos dejan algún atajo.

Saludos.

P.D. Sherlock, no opero a través de sociedad, pero ese tipo de transacciones están sujetos a transparencia fiscal, y al final pasan a tributar al tipo personal, no al societario. De todas formas hace tiempo que no reviso esos temas e igual ha cambiado algo.

Interactiv Brokers escribió: NOTIFICATION - FRENCH TRANSACTION TAX


Entiendo, Optiondreamer. Gracias por la atención
Sicut me videtis, videtis.
Miguelito
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por Miguelito »

Algar escribió:Dice "certain French equities."

¿Entendemos que no se aplica a Forex?
Según he oído, se aplica solamente a algunas acciones francesas de empresas de alta capitalización. Era un impuesto que ya existía y Sarkozy lo quitó. Ahora lo vuelven a poner llamándole Tasa Tobin. Medida populista y yastá.
theeurextrader
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por theeurextrader »

La FRENCH TRANSACTION TAX, es el primer paso de una nueva serie de tasas que se aplicarán, sin duda, en los próximos meses en diferentes bolsas europeas.
Podríamos decir que es un primer paso hacia la implantación de la tasa Tobin.
Después de ver como una decisión unilateral de la CNMV impide, no ya a los españolitos, sino incluso a los traders de Groenlandia abrir posiciones cortas en Euro Stoxx - 50 o en sus derivados (por contener 6 acciones españolas) cualquier cosa ya es posible RESIDAS DÓNDE RESIDAS Y OPERES CON EL BRÓKER QUE OPERES.

Os detallo lo mejor que he encontrado sobre la FRENCH TRANSACTION TAX:
El impuesto sobre las transacciones financieras francés (el "FTT") fue introducido en el Reglamento francés impuesto en virtud del artículo 5 de la ley de Finanzas modificado de francés de 14 de marzo de 2012.
La FTT es debida a la adquisición de acciones (artículo 235 ZD ter del código fiscal francés – "FTC").
Dos otros impuestos aplicables a las transacciones financieras también fueron introducidas por el proyecto de ley dijo:
• Un impuesto sobre la alta frecuencia de comercio, (bis artículo 235 ter ZD de la FTC); y
• Un impuesto sobre las permutas de riesgo soberano desnuda (ter artículo 235 ter ZD de la FTC).
Estos tres impuestos entrarán en vigor el 01 de agosto de 2012, y el primer pago de impuestos diferidos será debidamente el 30 de noviembre de 2012.
Reglamento aplicable
Artículo 5 de la ley financiera de francés modificado del 14 de marzo de 2012 (transpuesto en artículos 235 ter ZD, 235 bis de ter ZD y 235 ter ZD ter de la FTC).
No está todavía claro si uno o varios decretos deben publicarse antes de la entrada en vigor de la FTT. Como en la fecha de esta nota, las autoridades fiscales francesas han publicado sólo en puede 2012 un proyecto de decreto sobre la FTT que proporciona para los contribuyentes requerimientos de reporting depositario central o las autoridades fiscales (monto del impuesto adeudado, números de orden comercial, ejecución Data, denominación comercial); y
Pautas administrativas deben publicarse y prevean algunos detalles adicionales (por ejemplo, con la condición de exención). En ese sentido, podrán ser discutidos más cambios estructurales en la próxima ronda parlamentaria sobre la ley de Finanzas modificado de francés (programada para comenzar en julio de 2012).
1. Alcance de la FTT
La FTT se se gravan la transferencia para el examen de la propiedad de valores de renta variable o asimilados instrumentos admitidos a cotización en un mercado regulado/reconocido y emitido por una compañía aparece en francés con una capitalización bursátil superior a mil millones de € el 1 de enero del año durante el cual se produce la transferencia.
1.1 Condición de en el instrumento
FTT es aplicado sobre la transferencia de la titularidad de acciones o valores asimilados al mismo (juntos, los "Instrumentos elegibles") que se negocian en un mercado regulado o reconocido (los "Mercados elegibles").
(A) instrumentos elegibles
(1) Definición
Entre los instrumentos financieros, artículo L.211-1 del francés monetario y financiero código ("MFC") distingue entre:
(i) títulos, incluyendo:
(a) acciones (capital de títulos),
(b) títulos (títulos de créances), y
(c) acciones o unidades en esquemas de inversión colectiva ("CIS"), y
(ii) contratos financieros.
FTT aplica a la adquisición de títulos de renta variable (capital de títulos) en el sentido del artículo L.212-1 A de la MFC, que cubren acciones y otros títulos que dar, o pueden dar, el acceso a capital o derechos de voto.
FTT también se aplica a la adquisición de valores asimilados a valores de renta variable en virtud del artículo L.211-41 de la MFC, es decir, todos los instrumentos o derechos que representan una inversión financiera en una entidad y emitida bajo leyes extranjeras equivalentes a valores de renta variable. Aunque ADR comprendidos en dicha definición, tal inclusión sigue siendo más bien teórico como ADR en compañías cotizadas francés están en práctica emitido por entidades no franceses y por lo tanto, fuera del ámbito de la FTT.
Así, los instrumentos financieros que no califican como valores de renta variable o asimilados valores caen fuera del ámbito de la FTT.
(2) Instrumentos elegibles comunes
Los siguientes instrumentos caen dentro del ámbito de la FTT:
• acciones de cualquier tipo: ordinario comparte, acciones preferentes,...,
• garantiza (bon de souscription acciones) (excluyendo el efectivo se establecieron órdenes financiero),
• derechos de suscripción preferente.
(3) Instrumentos excluidos
Sobre la base de los valores anteriores, que no califican como valores de renta variable (ni valores asimilados) quedan fuera del ámbito de la FTT. Como consecuencia, las transacciones relativas a valores representativos de deuda, acciones/unidades en CIS o contratos financieros no activará la FTT. Bonos convertibles y canjeables constituyen valores participativos bajo la ley francesa y caen dentro del ámbito de la FTT, sino beneficiarse de una exención dedicada a la FTT.
• Títulos de deuda: bonos de vainilla están fuera del alcance de la FTT.
• La adquisición de bonos convertibles (convertibles obligaciones) y bonos canjeables (échangeables de obligaciones), aunque se consideran valores participativos bajo la ley francesa, beneficiarse de una exención a la FTT.

Sujeto a la confirmación en sus directrices administrativas, la autoridad fiscal francés confirmó verbalmente que la adquisición de otros tipos de instrumentos de deuda como OBSA - bonos al que está conectada una orden de participación (obligaciones à acción de bons de souscription), ORA - bonos obligatoriamente convertibles en acciones (remboursables en actions de obligaciones) y OCEANE – convertible de bonos en, o contra el cual pueden ser intercambiado, existentes o de nueva emisión de acciones (obligaciones convertibles ou échangeable en acciones nouvelles ou estar) también se beneficiarán de la exención a la FTT.

La exención se aplica sólo a la adquisición de los bonos: la adquisición de las acciones subyacentes al ejercicio/intercambio o la conversión de los bonos se puede activar la FTT si las acciones entregadas no se emiten recién (la adquisición de acciones recién emitidas beneficiarse de la exención de otro).
• Valores de CIS: como la FTT no se aplica a valores no cotizadas (ver abajo la sección 1.1 ), la mayoría transacción CIS como OICVM, especulativos o fondos de capital privado no deben ser afectados por la FTT.

Dicho esto, uno puede preguntarse si exchange traded fondos ("ETF") estructurados bajo un modelo de la estructura jurídica de sociedad anónima (como SICAV) debe caída dentro del ámbito de la FTT como por un lado, acciones de sociedad anónima califican como valores de renta variable, pero, por otro lado, SICAVs están CEI que instrumentos, en conformidad con el artículo L.211-1 de la MFC, cae bajo una categoría diferente de instrumentos financieros (ver arriba). En nuestra opinión, la naturaleza de la CEI debe sustituir de la estructura legal para que el ETF debe caer fuera del ámbito de la FTT.

Otra dificultad que puede surgir en un futuro próximo como consecuencia de la aplicación de la Directiva de GFIA es la potencial recalificación de estructuras enumeradas en fondos de inversión alternativa ("AIF") que no lo contrario, bajo el actual régimen jurídico francés, calificaría como CIS. Por el contrario, uno puede tener un interés en confiar en la definición de la AIF para beneficiarse de la exclusión de la FTT beneficiando a CIS.
• Contratos financieros(contrats financistas, es decir, derivados): la entrada en un contrato financiero (como un equity swap o un CFD) no activa el pago de la FTT hasta que realmente se entregan acciones. A la inversa:

(i) efectivo se asentaron derivados de equidad están fuera del alcance de la FTT y

(ii) físicamente se asentaron derivados de equidad caen dentro del ámbito de la sólo si FTT, y cuando, en realidad se entregan las acciones subyacentes.
(B) elegibles mercados
Mercados elegibles son:
(i) francés o europeo mercados regulados de área económica (en el sentido de la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004 sobre mercados de instrumentos financiero-MIFID), y
(ii) "reconocido en los mercados" (contratos reconnus), una lista limitada de mercados reconocido como tal por una orden (arrêté) por el Ministro de economía y Finanzas (la lista incluye la bolsa Suiza y varios mercados de productos básicos, pero no incluye grandes bolsas como NYSE, NASDAQ o la bolsa de Hong Kong).
Multilaterales de comercio de servicios ("SMN") son los mercados no son elegibles (aunque adquisiciones en un SMN de valores elegibles lo contrario admitidos a cotización en un mercado regulado se someterán a la FTT).
1.2 Condición de en el emisor - ámbito Territorial
La FTT se aplica a elegibles instrumentos emitidos por empresas que:
• una capitalización bursátil superior a mil millones de € el 1 de enero del año durante el cual se produce la transacción; y
• su asiento registrado en Francia
independientemente de la ubicación del comprador, el comprador o intermediario financiero.
1.3 Condiciones de la transacción
(A) la transferencia de la propiedad
La FTT será aplicable a la adquisición de capital securities (y valores asimilados), incluyendo al ejercicio de la opción, adelante ventas e intercambios, cuando transfiere la propiedad de los valores de equidad relacionada (y valores asimilados) son efectivamente, es decir, cuando los valores participativos relacionados (y valores asimilados) están registrados en la cuenta de instrumento financiero de la empresa adquirente.
En consecuencia, debe aplicarse la FTT el saldo neto de todos los pedidos de compra y venta, ejecutado por el mismo cliente el mismo día (a ser confirmado y detallado por el Decreto o directrices administrativas).
(B) exenciones
Artículo 235 ter ZD II de la FTC se prevén las siguientes exenciones a la FTT:
• Adquisiciones hechas en el contexto de la emisión de valores de renta variable (mercado primario), incluidos en la suscripción de acuerdos;
• Transacciones operadas desactivando depositario de valores de la casa central en el curso de sus actividades de remoción de;
• Mercado realizar transacciones: adquisiciones por francés o instituciones financieras extranjeras y proveedores de servicios de inversión en el curso de sus actividades de fabricación de mercado están exentos de la FTT.

Con el propósito de la FTT, mercado-las actividades se definen como:

(a) la cuestión simultánea de una orden de compra y una orden de venta de tamaño similar para proporcionar liquidez al mercado en forma regular y continua,

(b) la ejecución como contraparte de comprar o vender órdenes emitidas por los clientes, o

(c) la cobertura de posiciones tomadas bajo (a) o (b) anteriores.

Con respecto a las actividades de corretaje primos y acuerdo obligó, la mejor vista es que estas transacciones no deben provocar la FTT:

o a nivel del cliente, siempre que estas transacciones deben no en cualquier punto implica a la transferencia de los títulos sujetos a la obligó en la cuenta del cliente instrumento financiero; y

o a nivel del primer corredor, siempre que éste entra en la transacción de activación de la transferencia de los títulos sujetos a la obligó a fin de cubrir su riesgo derivado del acuerdo con su cliente.
• Transacciones bajo contratos de liquidez: las transacciones realizadas por los proveedores de servicios de inversión cuando actúa en nombre del emisor para proporcionar liquidez en el mercado comercial están exentos de la FTT;
• Operaciones intragrupo y reestructuración de las transaccionesAlgunas excepciones son aplicables a las operaciones intragrupo tales como entre empresas que son miembros del mismo grupo en el sentido del arte.L.233-3 del código de comercio francés (es decir, entre sociedades matrices y filiales en el que el ex controla al menos el 40% de los derechos de voto bajo las reglas del código de comercio), las transacciones entre empresas que son miembros del mismo impuesto consolidado grupo y transferencias de propiedad resultante de una fusión, una contribución o un spin-off, si tal reorganización beneficiar del régimen fiscal favorable del artículo 210 A y 210 B de la FTC;
• Cesiones temporales. Transferencias temporales de valores incluidos préstamos stocks y venta y recompra ("Repos") están exentos de FTT (operaciones enumeradas en el artículo 2-10 ° de la CE/1287/2006 del Reglamento de la Comisión);
• Ahorro empleado esquema de transacciones; y
• Bonos convertibles("convertibles de obligaciones") y bonos canjeables("échangeables de obligaciones") (consulte la sección 1.1(A)(3) arriba).
Condiciones de aplicación de estas excepciones deberían ser detalladas en las directrices administrativas.

2. Base y tasa de impuestos.
La FTT se cobra sobre el valor de adquisición de los títulos elegibles (honorarios de corretaje excluidos). En el caso de un intercambio, cada parte deberá ser gravado sobre la base de su propia adquisición; Si no hay precio se menciona en el contrato, la base fiscal consistiría en la cotización de los títulos elegibles pertinentes en el mercado más relevante.
Los importes de la FTT hoy a 0,1% del valor de los valores como se definió anteriormente. Sin embargo, se espera que se ampliará en un futuro próximo.

3. Fecha - pago
La FTT es pagadero en el primer día del mes después del mes durante el cual fueron adquiridos los correspondientes títulos elegibles.
El contribuyente jurídico de la FTT es el corredor que se ejecuta la orden de compra o, si ningún corredor está involucrado, el Banco responsable de la custodia de la adquirente financiera instrumentos cuenta.
Los contribuyentes legales deben en la mayoría de los informe de casos y pagarán el impuesto por Francia de Euroclear (depositario central de valores). Euroclear Francia debe pagar el monto global de la FTT al Tesoro francés a más tardar el día 25 del mes siguiente a la fecha de adquisición de los títulos elegibles pertinentes.

4. Entrada en vigor
La FTT serán aplicable a las operaciones realizadas a partir del 01 de agosto de 2012.
La FTT en adquisiciones realizadas entre el 1 de agosto y 31 de octubre de 2012 se informó, evaluaron y pagado por el 30 de noviembre de 2012.

5. Reinvoicing de la FTT por el corredor al cliente
Por el momento, el Reglamento establece que el corredor es el contribuyente de la FTT (véase la sección 3 anterior). La autoridad fiscal francés confirmó verbalmente que cuestiones relacionadas con el reembolso de la FTT por el cliente son cuestiones contractuales y no serán abordadas en las directrices administrativas.
La factura de la FTT por el corredor al cliente podría considera una cifra de negocio e incluida en su base imponible a efectos del IVA (a examinarse más).

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IceMan
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por IceMan »

Cuidadín cuidadín con las mini-transferencias habituales....antes los bancos no daban el queo a los perros de la hacienda...pero la cosa ha cambiado ahora, están amenazados y el estado es ahora la mano que les de de comer a muchos.
Me he abierto una cuenta separada en openbanck para hacer un cash otut de tres salas de póquer.....no llega a los 700 euros en tres transferencias, pero una de Londres de la zona ofshore, otra de Dublín y la otra de la empresa española desde donde pagan ahora en P.770, pero parece que viene desde fuera también...y ya me han dado un telefonazo del lupanar del Santander que es a quien pertenece opnebanck...."que si no voy a domiciliar nómina...que si voy a recibir muchas transferencias desde esos países....que si no domicilio recibos....que si patatín, que si patatán....

Lo digo por lo que habláis de hacer pequeñas transferencias habituales......ahora parece que no es como antes el tema, a los grandes chorizos amnistía....pero a los picaflores no nos van a pasar ni medio gramo.
La cosa está calentita. Si aparte de los torneos, me computan todos los botes ganados en cash sin descontarme las pérdidas, me saldrá lo comido por lo servido o incluso me tocará pagar algo.

Saludos.
El momento lo es todo.
CDS
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por CDS »

Siempre a sido así, las leyes/decretos/reglas en un principio son laxas pero lo que se quiere es el punto de no retorno ahi esta la peligrosidad....esta es tasa es la peor estupidez y claro tenia que nacer en europa!
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ParetoPao
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por ParetoPao »

mmmmm...una pregunta así a modo ret0rico-pa-la-CNMV o quien sepa...

si el otro día se baj0 (el ibexin) casi un -6% y al dia siguiente se prohibieron los cortos...

y ayer baj0 un -6.23%, con los cortos prohibidos.....uummmmmm.....donde estA la diferencia ¿?

d0nde estA la mosca ? aqui ? o aqui ?¿?

s2!
Debe uno ser pobre para conocer el lujo de dar .George Eliot
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Kosparuk
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por Kosparuk »

ParetoPao escribió:mmmmm...una pregunta así a modo ret0rico-pa-la-CNMV o quien sepa...

si el otro día se baj0 (el ibexin) casi un -6% y al dia siguiente se prohibieron los cortos...

y ayer baj0 un -6.23%, con los cortos prohibidos.....uummmmmm.....donde estA la diferencia ¿?

d0nde estA la mosca ? aqui ? o aqui ?¿?

s2!

La diferencia está en la publicidad que se le dio a un hecho u al otro. Lo de ayer no conviene airearlo porque demuestra la futilidad de la CNMV, y por eso pasaron de largo en todos los medios.

¿La CNMV no tiene tuiter ni caralibro, verdad? :roll:
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IceMan
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por IceMan »

Obviamente es una gañanada prohibir los cortos en un índice...ya que los futuros sólo anticipan una realidad; que los inversores no quieren meter pasta en el IBEX.
Y un índice obviamente no necesita cortos para bajar, es suficiente con que la gente no quiera comprar las acciones que otros quieren vender para que la ley de la oferta y la demanda mande al suelo al índice.

La CNMW sólo es un pesebre donde pagar favores políticos y otros oscuros manejos a los pollinos de turno, al igual que empresas públicas, fundaciones, entes, y la madre que parió al del botijo.

Saludos
El momento lo es todo.
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zamio
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por zamio »

Pero no veis que el trasfondo de todo esto, no es el aguantar el indice ( que no lo harán ) si no, mas bien, que nadie se saque un solo euro en ello... nada mas ;)

Saludos.
El precio no es mas que el camino marcado por vuestros stoploss.

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ParetoPao
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por ParetoPao »

ya decia io...ia ví al Rayoy directamente en lo de su ultima serie de ejercicios de brazos, el tipo, para no desentonar, dijo q lo de los 900mil millones de deuda estaban "fuera"... :lol:

editao: el video "el conjunto de los españoles dice"...viva la desinformaci0n y la propaganda...en fins...pos Rayoy...q sepas q io no debo nada por ahi fuera como tU dices ;) o serA q no formo parte de ese conjunto...

en fins...si ia sabia q era mejor NO VERLO... :-D :evil:

s2!

re-editao: jojojojo si es q c0mo es posible q en solo 2 minutos te pueda hervir tanto la sangre ¿?!! :-D "el mayor problema" dice el poio de la economia de nuestro pais son las deudas dice...tooooma...y el paro no....eso es un problema secundario...juaaaaa desde luego q pa los acreedores no! eh Rayoy? el paro pa los acreedores no es el principal problema, claro! el principal problema es cobrarse los intereses sobre un crEdito creao de la nadita...ole! eso son prioridades y lo demAs al mediamarket! :lol: si es q jode aUn sabiendo de antemano lo q hay...en fins... :roll:

re-re-editao :-D : amos a darle un poco de vidilla al prof. Gay de Liebana q se lo merece: ;)
Debe uno ser pobre para conocer el lujo de dar .George Eliot
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Kosparuk
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por Kosparuk »

zamio escribió:Pero no veis que el trasfondo de todo esto, no es el aguantar el indice ( que no lo harán ) si no, mas bien, que nadie se saque un solo euro en ello... nada mas ;)
Sí, yo también lo tengo claro. Las burbujas hacia abajo no les gustan. Hacia arriba no las paraban.

Los únicos que podrán sacar algo son los jerifantes amigos suyos a los que sí han permitido hacer cobertura a los que compran. El 95% pierde, y el 5% gana, lo de siempre.
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zamio
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por zamio »

Y ademas añadiría, que la mejor manera para sacarle partido en un mercado que no te dejan ponerte short, es tirarlo lo mas posible, para aprovechar en compra, pero fijaros que pasa cuando se acercan a máximos importantes, fijaros fijaros lo que pasa y pasara...

No es tensión lo que tenemos en los mercados, es, tontería...
El precio no es mas que el camino marcado por vuestros stoploss.

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alsangu
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Re: Spanish trading Game Over?

Mensaje por alsangu »

Saludos comunidad,

¿Se sabe alguna novedad de la tasa o de momento el globo sonda sigue ahí? No encuentro nueva información en Google. Gracias de antemano.

P.D:

Hoy SIBE KO.

Ni tasas, ni crisis, ni prohibición de cortos ni ostias, ya se encargan ellos sólos de tumbar el mercado nacional. Cago en la puñeta ya. Como esto no se solucione antes del fin de día me voy a cagar en alguien en el foro por desahogo, perdonen las formas. Debo ser el único imbécil de aquí que mete en España.

Saludos.
"A Herradura Azul le encanta Aceros Anacot".
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