A ver agmagetón, que te dije que que te pusieras un asesor fiscal a time-full y tu debes haber ido a preguntarle al tonto del pueblo...por qué si no no me lo puedo explicar.....
A ver si te queda claro
El limite por rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta es de 1.600 euros anuales
Por lo cual y dado que no creo que gane más concursos, y no tengo rentas de venta de coches, pisos, chalets ni otros bienes inmuebles no voy a pagar ni un duro, puesto que la retención del 18% a cuenta....la debe realizar el "donante", nunca el receptor del premio.
Osea que los premios que recibe el premiado siempre llevan de antemano la retención por parte del que entrega el premio por lo que están libres de polvo y paja.....y como ese aumento de capital no lo voy a sumar a ninguno inmobiliario, no tengo que pagar nada a hacienda directamente.
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Claro Dasziel, tu me das la retención que yo te la firmo sin ningún problema

. Eso si te interesa, si no no hace falta que le pagues 90 euros más hacienda, puesto que el concurso es gratuito y tu no obtienes nigún pago por anticipado por la inscripción en el concurso, que eso ya es harina de otro costal.
Pero nada, cuando quedemos para la foto, ya te firmo lo que te haga falta

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