viewtopic.php?t=21520
Tal y como señalan en El Economista:
https://www.eleconomista.es/mercados-co ... istas.html
Se prohíbe "la publicidad de CFDs dirigida a minoristas o al público en general, el patrocinio de eventos (incluidos los deportivos), así como la publicidad de marca y el uso de figuras de relevancia pública con fines publicitarios".
¿Cuándo se enterará CNMV de que el problema no es el vehículo sino el usuario? Más educación financiera y menos prohibiciones!!! ¿O acaso algo cuya publicidad está prohibida por ley, debe seguir ofreciéndose? Si el producto es nocivo, seguirá siéndolo se le haga publicidad o no... Digo yo...


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Saludos,
X-Trader